Normativo

La Ley 4/1990, de 29 de junio, de Bibliotecas de La Rioja dice en su Capítulo III (De las bibliotecas), en el Artículo 11:

  1. Todos los municipios de más de dos mil habitantes contarán como mínimo con los siguientes servicios bibliotecarios: servicios de lectura, referencia y préstamo; audiovisuales (fonoteca y videoteca); servicios culturales.
  2. Aquellos municipios de población menor estarán atendidos, cuando menos, por un servicio bibliotecario móvil o mediante bibliotecas filiales.

En septiembre de 2015, los Estados Miembros de las Naciones Unidas adoptaron el documento “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”. Esta nueva Agenda 2030 es en la actualidad un marco inclusivo, integrado por 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible que abarcan el desarrollo económico, ambiental y social. A través del logro de los objetivos de esta agenda, nadie quedará atrás

Las bibliotecas son instituciones fundamentales para lograr estos Objetivos:

  • Promueven la alfabetización universal, incluyendo la alfabetización y las habilidades digitales, mediáticas e informacionales, con apoyo de personal alfabetizado.
  • Ayudan a superar las dificultades en el acceso a la información y ayudan al Gobierno, la sociedad civil y la empresa a comprender mejor las necesidades locales en materia de información.
  • Promueven la inclusión digital a través del acceso a TIC.
  • Preservan y proporcionan el acceso a la cultura y al patrimonio mundial.

Los principios sobre los que se asientan los servicios y los planes de promoción lectora siguen imperturbables. La clave está en cambiar el enfoque, revisar las estrategias y adaptar las acciones dirigidas a este público receptor hasta la adolescencia (16 años).